Este documento se enmarca dentro de la estrategia más amplia del Gobierno valenciano de “sentar las bases para que la Comunitat Valenciana avance hacia un modelo económico sostenible”, y “con rostro humano, que sea al mismo tiempo, socialmente inclusivo y sostenible, y que genere ocupación estable y de calidad”.
Esta orden refleja una clara apuesta por el modelo de empresa social, que muestra una “primacía de la persona y del fin social sobre el financiero”, una apuesta que, como recoge el documento, ha recibido una especial atención por parte de las instituciones europeas; con lo que el Gobierno valenciano con esta orden está mostrando el interés de estar a la altura de las propuestas más innovadoras a nivel europeo.
A mi modo de ver, esta orden es un gran avance, pero muestra todavía algunos puntos débiles, síntoma de las políticas que se están adoptando en la Comunitat Valenciana, que distan todavía mucho de ese gran propósito recogido en esa loable introducción a la orden.
Uno de los mayores peros que veo a esta orden de subvenciones tiene que ver con el objetivo de la misma y los agentes desarrolladores de las actividades subvencionables. Me explico. La subvención va destinada a tres tipos de beneficiarias: 1. Asociaciones, fundaciones, y otras entidades sin ánimo de lucro, que tengan entre sus fines la promoción y fomento de los principios vinculados a la empresa social y/o de la Economía del Bien Común; 2. Pymes, y 3. Centros, institutos y entes universitarios especializados para investigación en la materia.
Mientras que para las pymes las subvenciones van claramente destinadas a los gastos derivados de la implantación de la cultura y práctica de la empresa social y la Economía del Bien Común, tales como la elaboración e implantación de una memoria de responsabilidad social, o programas de desarrollo de capacidades y competencias del personal para comprender, medir y comunicar el impacto de las acciones y comportamientos responsables, comprometidos y sostenibles, esto no es así en los otros dos tipos de beneficiarios. Es decir, que las entidades sin ánimo de lucro no pueden beneficiarse de esta subvención para elaborar sus memorias o balances del Bien Común ni para mejorar sus prácticas responsables.
Este hecho, a mi modo de ver, muestra una falta de conocimiento de la realidad valenciana. En primer lugar, porque asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la promoción y fomento de los principios vinculados a la empresa social y/o de la Economía del Bien Común hay más bien pocas. Se podrían contar con los dedos.
En segundo lugar, porque incluso las que hay, tienen todavía mucho por mejorar en la implantación y mejora de prácticas responsables. Por lo que, en definitiva, lo que esta orden promociona, permitidme la expresión, es que salgan entidades “como churros” que soliciten estas subvenciones para la creación de jornadas, conferencias, y congresos sobre Economía del Bien Común que poco van a aportar. Y no apuesta, por el contrario, por una profesionalización real y mejora de las entidades sin ánimo de lucro y entidades investigadoras y/ universidades, que se les supone “responsables” y conforme al “bien común”, pero que los que conocemos el sector desde dentro bien sabemos que no siempre es así.
Las entidades sin ánimo de lucro son también “empresas” en su sentido más original, corporaciones, organizaciones, y lo primero, si no se quiere empezar la casa por el tejado, es promover que sean organizaciones éticas, y ayudarlas con estas subvenciones. Eso sí, esto siempre va a ser menos “vistoso” que un aluvión de jornadas y congresos sobre responsabilidad social y bien común. Es un hecho.
La propia administración corrobora que esto es así al valorar positivamente, con hasta cinco puntos, que estas entidades hayan realizado “balances o auditorías o informes económicos-sociales, medioambientales, de responsabilidad social, tales como el Balance del Bien Común o el Informe GRI, o similares, en los doce meses anteriores a la solicitud”, y no tomándolo como un requisito indispensable para acceder a la subvención. ¡Qué menos! ¿No?
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